martes, 17 de marzo de 2015

CONTROL INTERNO DEL EFECTIVO Y EQUIVALENTES AL EFECTIVO

OBJETIVO EDUCATIVO: Que el educando conozca y sea capaz de explicar las normas de control interno aplicables al efectivo y equivalentes al efectivo al efectivo.

Debido a que el efectivo es el activo más líquido de un negocio, se necesita un sistema de control adecuado para prevenir irregularidades y evitar que los empleados utilicen el dinero de la compañía para su uso personal.

Es el plan de organización entre el sistema de contabilidad, funciones de empleos y procedimientos coordinados que tiene por objeto obtener información segura, salvaguardar el efectivo en caja y bancos así como fomentar la eficiencia de operaciones y adición de la política administrativa de cualquier empresa.

Los principios generales comúnmente por la administración al establecer un sistema adecuado de control interno, en lo referente al activo, pueden asumirse como sigue:

  • Separación de funciones de autorización, ejecución, custodia y registro del efectivo en caja y bancos.
  • En cada operación relacionada con el efectivo en caja y bancos, deben intervenir cuando menos dos personas.
  • Ninguna persona que interviene en el manejo del efectivo en caja y bancos, debe tener acceso a los registros contables.
  • La función de registro de los sucesos económicos del efectivo en caja y bancos, será exclusivo del departamento de contabilidad.

En términos generales, un sistema básico de control interno para el área de efectivo debe incluir las siguientes medidas:
1.     Las rutinas comerciales sistemáticas, deben ser definidas para la contabilización de las operaciones de efectivo, estableciendo una clara decisión del trabajo en cuanto al manejo y registro de los ingresos de caja.
2.     Las responsabilidades y las tareas de los diversos empleados que manejan el efectivo y registran transacciones de caja, se dividen y se interrelacionan en tal forma que:
a.     Se minimiza la aparición de errores.
b.    Los errores que se presentan se pueden detectar y
c.     El fraude no se puede ocultar fácilmente
d.    Todos los ingresos por ventas de contado y cobros recibidos de un día, deberán remesarse en forma    íntegra (100%) al banco respectivo, el día hábil siguiente después de realizada la operación diaria.
3.     Todos los pagos que la empresa efectué deben realizarse emitiendo cheques, de preferencia Cheque Boucher, para que pueda existir en el documento una explicación razonable de dicho pago y su respectiva aplicación contable, con excepción de los desembolsos de caja chica.
4.     Cada día deberán realizarse cortes en los registros de caja, con el objeto de conocer la existencia a esa fecha, la cual se comprueba con arqueos efectuados por funcionarios de empleados ajenos a contabilidad o cajeros.
5.     Deben establecerse fondos de caja chica en los departamentos estratégicos, a fin de solventar pagos de cuantía pequeña y de esta forma evitar problemas operativos por falta de fondos.
6.     El afianzamiento del personal de caja evita que la empresa sufra pérdidas en caso de robo, fraudes, desfalcos y abuso de confianza por parte de los cajeros, ya que la afianzadora reintegrará el importe del daño a la empresa.


Fondo de caja
La cuenta Caja debe presentar en cualquier momento, y al finalizar el ejercicio, el valor nominal del dinero en efectivo y sus equivalentes, propiedad de la entidad, físicamente representados por billetes, monedas metálicas, giros bancarios, postales o telegráficos, metales preciosos amonedados y moneda extranjera.
Asimismo, al finalizar el ejercicio, y en cualquier momento en que se juzgue conveniente, debe cerciorarse de la corrección de la existencia del efectivo en custodia del cajero, para lo cual se realiza una actividad denominada arqueo de caja, que consiste en el recuento físico de la existencia del efectivo y sus equivalentes en poder del cajero.
El resultado del arqueo se hará constar en un documento denominado “arqueo de caja”, el cual reúne las características expuestas en la siguiente figura:

 LA ENTIDAD, S.A DE C.V.
ARQUEO DE FONDOS
TIPO DE CAJA ______________________________________________________________
HORA DE INICIO__________________        HORA DE FINALIZACION____________
MONTO DEL FONDO_______________       FECHA___________________________
CONCEPTO
DENOMINACION
CANTIDAD
TOTALES
DOLARES



Billetes de
 $        100.00


Billetes de
50.00


Billetes de
20.00


Billetes de
10.00


Billetes de
5.00


Billetes de
1.00


Moneda Fraccionaria







OTRO TIPO DE MONEDA























SUB TOTAL







Vales Provisionales



Vales Definitivos



Documentación



Cheques







Total Según Arqueo Practicado



Total Según Fondos Autorizados



Diferencia.



OBSERVACIÓN__________________________________________________________
_______________________________________________________________________
_______________________________________________________________________

Por este medio hago constar que este día me fueron arqueados los valores bajo mi custodia por un monto de ____________ y son propiedad de la empresa, los cuales fueron contados en mi presencia y devueltos a mi entera satisfacción, una vez terminado el arqueo.

    ______________________________               _________________________
     Nombre y Firma del Auditor Interno               Nombre y Firma del Custodio


Al comparar el saldo del arqueo contra el saldo que muestra el libro mayor pueden presentarse dos situaciones:
1)     Que el importe del arqueo sea igual al importe registrado en el mayor, en cuyo caso no será necesario efectuar ningún ajuste, puesto que el saldo contabilizado coincide con la realidad.
2)     Que el importe del arqueo sea diferente al registrado en el mayor, en cuyo caso las diferencias pueden ser de dos tipos:
a)     Que el importe del arqueo sea mayor al saldo según libros.
b)    Que el importe del arqueo sea menor al saldo según libros.

Respecto a la denominación de faltante o sobrante, es conveniente señalar que en todos los casos se tomará como punto de referencia el libro mayor, es decir, el saldo según libros se ajustará para que su importe coincida con el importe arrojado por el arqueo, y no a la inversa.

a)     Cuando el importe del arqueo sea mayor que el saldo según libros
En este caso, este faltante (según mayor) o sobrante (según arqueo) puede originarse por:

ü  Causas fácilmente identificables
  Dentro de los faltantes debidos a causas fácilmente identificables, pueden mencionar se las operaciones no reportadas por el cajero o cantidades cobradas de más.
Cuando se trate de operaciones no reportadas por el cajero, el asiento de ajuste será el de la operación realizada y no reportada por el cajero; es decir, se cargará a la cuenta Caja y se abonará a la cuenta que corresponda.

ü  Causas difícilmente identificables
  En el caso de faltantes por causas difícilmente identificables, es decir, que no se cuenta con todos los elementos necesarios para determinar el origen del faltante en libros, se procederá de la siguiente manera:
Si el importe del faltante es considerable, con base en la característica de la importancia relativa, ya sea en relación con el monto de la partida o su naturaleza, y apoyados en el juicio profesional, el cual se basa en el criterio prudencial, se debe optar por la alternativa que refleje menor optimismo, lo que implica “no adelantar utilidades”, porque no se afectarán cuentas de resultados, ya que se estarían registrando utilidades que aún no se han devengado; por tanto, se afectan cuentas de balance, en este caso la de acreedores, para reflejar la obligación de entregar el efectivo a quien demuestre ser su propietario legítimo, anotando como subcuenta la de Faltantes en caja, según libros.


b)    Cuando el importe del arqueo sea menor que el saldo según libros
En este caso, este sobrante (según mayor) o faltante (según arqueo) puede ser originado por:

ü   Causas fácilmente identificables
  Dentro de los sobrantes debidos a causas fácilmente identificables, se pueden mencionar las operaciones no reportadas por el cajero, o cantidades pagadas de más.
Cuando se trate de operaciones no reportadas por el cajero, el asiento de ajuste será el de la operación realizada y no reportada por el cajero, es decir, se cargará a la cuenta de la operación no reportada, con abono a la cuenta Caja.

ü    Causas difícilmente identificables
  Cuando no se cuenta con todos los datos necesarios para determinar el origen del sobrante en libros, se procederá de la siguiente manera:
Si el importe del sobrante es considerable, de acuerdo con la importancia relativa, y nuevamente guiados por el juicio profesional basado en el criterio prudencial, afectaremos cuentas de balance, quedando el ajuste con cargo a la cuenta Deudores, subcuenta Nombre del cajero, en virtud de que él, como responsable de la custodia del efectivo, es también responsable de las diferencias que se presenten, con abono a la cuenta Caja. De esta manera se registra el derecho de exigir el pago de tales diferencias al cajero.


Fondo de caja chica
Es un fondo especial en efectivo, una cuenta que crea la empresa a través de un cheque, emitido a nombre de la persona responsable de manejar ese dinero, cuyo objeto es cancelar pagos menores, estableciendo previamente su monto, es decir que dependiendo del tamaño de la empresa y del número de operaciones que este realice, se establece el monto con el cual se crea la caja chica y el límite en base al cual se va a realizar los pagos

Creación del fondo de caja chica.
El fondo debe ser creado con un valor que sea el adecuado, dependiendo de la necesidad y magnitud de las operaciones, tratando de darle congruencia y dinamismo a cada departamento donde sea creado. En caso de ser un fondo de efectivo lo adecuado sería entre $ 200.00 a $ 1,000.00
El límite de tiempo para su respectivo uso tiene relación en cuanto a su utilización, tomando en cuenta que algunos documentos tienen vencimiento en cuanto al IVA pagado y hay que deducirlos en el tiempo que la ley regula. La empresa puede crear los fondos que sean requeridos, lo mejor podría ser uno por cada departamento, si es que realmente son necesarios.
Lo importante en este caso es que se tiene que formalizar la custodia del fondo y hacemos que el responsable del fondo nos firme una letra de cambio o pagare por el mismo valor del fondo, con lo cual aseguramos cualquier inconveniente que pueda surgir en el futuro.
Contablemente quedaría de la siguiente manera: 

CODIGO
Reconocimiento No.  X1
PARCIAL
DEBE
HABER
1101
Efectivo y equivalentes al efectivo

$     500.00
110102
Efectivo en caja chica
$     500.00
1101
   Efectivo y equivalentes al efectivo

$      500.00
110103
   Efectivo en Bancos

11010301
   Cuenta corriente



1101030101
   Banco xyz, S.A.
$     500.00


                                           TOTALES

$     500.00
$      500.00

Por la creación del fondo de caja chica











P



Procedimiento uso caja chica efectivo.
  1. Para el uso de los fondos de caja chica, se debe sustentar con el formato de egreso de caja chica. Se indicara claramente el código que corresponda al departamento a que debe cargarse dicha erogación. Este formato lo firmara el jefe del departamento solicitante
  2. El destino de los fondos entregados, nunca debe ser diferente del gasto efectuado. Asimismo, si por algún motivo sobra dinero, este no debe emplearse en otras compras no especificadas en el adelantado.
  3. Consecuentemente, se reconocerá únicamente gasto lo que se ajuste al estipulado en el formato. Una vez realizado el gasto, se debe efectuar la liquidación correspondiente ante el responsable del manejo de la caja chica.
  4. Se hace imprescindible que todo desembolso de caja chica esté debidamente respaldado con la presentación de un justificante; y/o sustentados mediante documentos debidamente autorizados; como facturas, boletas de ventas, recibos de honorarios profesionales, importes y fechas de cancelación.
  5. La Gerencia General establecerá el monto máximo que se pagara con el fondo de Caja Chica, en coordinación con la gerencia de áreas, pudiendo ser modificado previa autorización de la Gerencia General.
  6. Todo documento, recibo “provisional “por mayor suma a lo establecido deberá tener la autorización del Gerente General.
  7. La Gerencia Financiera tomara las medidas de control previo y la oficina de auditoria interna de control posterior de todo el movimiento que origina el fondo fijo.

Reembolso de la Caja Chica.
  1. La recepción del Fondo Fijo de Caja Chica se realizara oportunamente previa documentación sustentatoria debidamente autorizada. La reposición oportuna implica reintegrar una suma igual a los gastos efectuados, y no podrá ser inferior al 10%, ni mayor al monto del fondo de Caja Chica asignado. La recepción se efectuara las veces necesarias y/o de acuerdo al requerimientos de lo que se necesite.
  2. Todos los documentos cancelados con el Fondo fijo deberán ser enumerados correlativamente y codificados de acuerdo al plan contable de la empresa y registrados en un libro auxiliar de Caja Chica, que para el efecto llevara el encargado del fondo.
  3. El encargado del fondo prepara el comprobante de caja y el resumen detallado de los documentos pagados en original y copia solicitando a la Gerencia Financiera la reposición del Fondo. Copia de esta solicitud se mantendrá en archivo en forma cronológica
  4. El departamento de Contabilidad procederá previa verificación de los documentos sustentaríos y codificación contable, a tramitar el giro del cheque de reposición por el departamento de tesorería a nombre de encargado del manejo del fondo fijo.
  5. Los documentos pagados por Caja Chica serán reembolsados teniendo en cuenta la fecha en que se produjo el gasto. Para los efectos de los registros contables oportunos y no podrán ser mayores al asignado.
  6. El Boucher y sus correspondientes comprobantes, serán archivados, como justificación del cheque emitido en calidad de reintegro de Fondos para Caja Chica.


LA ENTIDAD, S. A. DE C. V.
Hoja de reintegro de fondos de caja chica
Periodo del 01 al 22 de enero al 2015

FECHA

Nº DOCUMENTO

NOMBRE
TIPO DE GASTO
VALOR NETO

IVA

FOVIAL

RENTA
VALOR
TOTAL
































































































































































































Total








            ____________________________________               ___________________________________
                                  Elaborado por                                                              revisado por
           

CODIGO
Reconocimiento No.  X2
PARCIAL
DEBE
HABER
4102
Gastos de Administración

$       12.00
410201
Prestaciones

41020107
   Viáticos
$       12.00
4103
Gastos de Venta

$       18.00
410302
   Papelería y Útiles
$       18.00


1101
   Efectivo y equivalentes al efectivo


$        30.00
110103
   Efectivo en Bancos



11010301
   Cuenta corriente



1101030101
   Banco xyz, S.A.
$       30.00


                                           TOTALES

$       30.00
$        30.00

Cheque No. 1234, fulanito de tal, valor reposición fondo de caja chica, según comprobantes adjuntos.











A








Arqueo de la Caja Chica.
Se realizaran arqueos sorpresivos del Fondo Fijo de Caja Chica a fin de comprobar si el monto asignado está de acuerdo con la existencia de documentos y el efectivo.
Los arqueos sorpresivos se efectuaran cuando las circunstancias así lo requieran y estará a cargo de la Oficina de Auditoria Interna.
Los resultados de los arqueos se pondrán en conocimiento de la Gerencia del Área y de la Gerencia General, para que se tomen si fuera necesario, las acciones correctivas del caso.

Incremento o disminución del fondo de caja chica:
Si se considera que la cantidad que se dispone en el fondo de caja chica es excesiva o no satisface las necesidades para cubrir los gastos menores de la empresa, el responsable debe hacerse un reporte en el que aclare cualquiera de las dos circunstancias anteriores.
Para modificar la cantidad del fondo, se debe proceder a realizar los siguientes asientos:

Cuando se desee disminuir el fondo de caja chica
CODIGO
Reconocimiento No.  X2
PARCIAL
DEBE
HABER
1101
Efectivo y equivalentes al efectivo

$      100.00
110103
Efectivo en Bancos

11010301
Cuenta corriente

1101030101
Banco xyz, S.A.
$      100.00
1101
 Efectivo y equivalentes al efectivo


$      100.00
110102
 Efectivo en caja chica
$      100.00


                                           TOTALES

$      100.00
$      100.00

Remesa de este día por disminución del fondo de caja chica





Cuando se desee incrementar el fondo de caja chica
CODIGO
Reconocimiento No.  X1
PARCIAL
DEBE
HABER
1101
Efectivo y equivalentes al efectivo

$     100.00
110102
Efectivo en caja chica
$     100.00
1101
   Efectivo y equivalentes al efectivo

$      100.00
110103
   Efectivo en Bancos

11010301
   Cuenta corriente



1101030101
   Banco xyz, S.A.
$     100.00


                                           TOTALES

$     100.00
$      100.00

Por el incremento del fondo de caja chica





Es de suma importancia recalcar que la cuenta de caja chica solo se verá afectada cuando se desee incrementar o disminuir la cantidad que se estableció originalmente.

Liquidación del fondo de caja chica:
Cuando se desea liquidar el fondo de caja chica o al cierre del ejercicio.
Para registrar la creación de la liquidación del fondo caja chica se hace un asiento cargando a bancos y abonando caja chica.

CODIGO
Reconocimiento No.  X2
PARCIAL
DEBE
HABER
1101
Efectivo y equivalentes al efectivo

$      500.00
110103
Efectivo en Bancos

11010301
Cuenta corriente

1101030101
Banco xyz, S.A.
$      500.00
1101
 Efectivo y equivalentes al efectivo


$      500.00
110102
 Efectivo en caja chica
$      500.00


                                           TOTALES

$      500.00
$      500.00

Por la liquidación del fondo de caja chica














Norma Internacional de Contabilidad 21
Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera 

Párrafo 8 Definiciones
Los términos siguientes se usan, en esta Norma, con los significados que a continuación se especifican:
·         Tasa de cambio de cierre es la tasa de cambio de contado existente al final del periodo sobre el que se informa. 
·         Diferencia de cambio es la que surge al convertir un determinado número de unidades de una moneda a otra moneda, utilizando tasas de cambio diferentes. 
·         Tasa de cambio es la relación de cambio entre dos monedas.
·         Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, o cancelado un pasivo, entre un comprador y un vendedor interesado y debidamente informado, que realizan una transacción libre. 
·         Moneda extranjera (o divisa) es cualquier otra distinta de la moneda funcional de la entidad. 
·         Negocio en el extranjero es toda entidad subsidiaria, asociada, negocio conjunto o sucursal de la entidad que informa, cuyas actividades están basadas o se llevan a cabo en un país o moneda distintos a los de la entidad que informa. 
·         Moneda funcional es la moneda del entorno económico principal en el que opera la entidad. 
·         Un grupo es una controladora y todas sus subsidiarias.
·         Partidas monetarias son unidades monetarias mantenidas en efectivo, así como activos y pasivos que se van a recibir o pagar, mediante una cantidad fija o determinable de unidades monetarias. 
·         Inversión neta en un negocio en el extranjero es el importe que corresponde a la participación de la entidad que presenta sus estados financieros, en los activos netos del citado negocio. 
·         Moneda de presentación es la moneda en que se presentan los estados financieros.

·         Tasa de cambio de contado es la tasa de cambio utilizado en las transacciones con entrega inmediata.  

EFECTIVO Y EQUIVALENTES AL EFECTIVO


Efectivo (NIC 7 párrafo 6)
El efectivo comprende tanto el efectivo como los depósitos bancarios a la vista.

El saldo de la cuenta de efectivo que presenta una entidad normalmente proviene o se destina a actividades de operación, mismas que constituyen la principal fuente de ingresos ordinarios de la entidad; actividades de inversión relacionadas con la adquisición y venta de activos a largo plazo; y actividades de financiamiento, siendo éstas las relacionadas con préstamos de terceras personas o aportaciones de los accionistas.
Es todo el dinero que tenemos disponible para gastarlo en cualquier momento, tal como, monedas, billetes, cheques, depósitos a la vista y otros. Es una cuenta real del Estado de situación financiera, que va ubicado dentro del activo corriente y tiene saldo deudor, con el efectivo se suele crear diferentes tipos de fondos, tales como:


  • Fondo de caja chica.
  • Fondo de cambios
  • Fondo de oportunidad
  • Fondo de combustible



Efectivo en Caja: Es un fondo que se encarga de controlar todo el efectivo que ingresa la empresa, bien sea en monedas, billetes o cheques, registrándose un cargo, y es abonada para registrar la salida de esos ingresos cuando son depositados en el banco. Es una subcuenta del Estado de situación financiera que va ubicada dentro del activo corriente y tiene saldo deudor.  (Ver manual de instrucciones)

Efectivo en Caja Chica: Es una cuenta que crea la empresa a través de un cheque emitido a nombre de la persona responsable de manejar ese dinero en efectivo, cuyo objeto es cancelar pagos menores, estableciendo previamente su monto.
Es decir que dependiendo del tamaño de la empresa y del número de operaciones que este realice, se establece el monto con el cual se crea la caja chica y el límite en base al cual se va a realizar los pagos. Esta subcuenta tiene saldo deudor y va ubicada en el Estado de situación financiera dentro del Activo corriente. El monto de caja chica solo sufrirá una variación cuando éste sea aumentado o disminuido o se decida eliminarlo.

Efectivo en Bancos:   Esta cuenta registra los aumentos y las disminuciones que sufre el efectivo propiedad de una entidad económica, depositado en instituciones del sistema financiero como consecuencia de las transacciones realizadas.
Los depósitos a la vista deben tener el mismo nivel de liquidez del efectivo, es decir, se pueden retirar en cualquier momento sin penalización. Por ejemplo, las cuentas de fondos adicionales que pueden ser depositados y/o retirados en cualquier momento sin previo aviso, de cuenta corriente bancaria.

Equivalentes al Efectivo (NIC 7 párrafo 6 y NIIF para PYMES párrafo 7.2)
Son inversiones a corto plazo, de gran liquidez, que se mantienen para cumplir con los compromisos de pago a corto plazo más que para propósitos de inversión u otros, estando sujetos a un riesgo poco significativo de cambios en su valor.

Para efectos de la definición anterior, normalmente se considera a corto plazo una inversión con vencimiento de tres meses o menos desde su fecha de adquisición.
Para que una inversión se considere “de gran liquidez”, debe ser convertible con notificación en un periodo corto de tiempo y sin penalización importante.
Para cumplir con el criterio de exposición del riesgo de cambio en su valor, la entidad necesita evaluar, por ejemplo, si el instrumento está sujeto a cambios significativos de riesgos de tasa de interés y de mercado.
Los equivalentes de efectivo se mantienen para cumplir con compromisos de corto plazo y no propósitos de inversión u otros.

Ejemplos: efectivo
Ejemplo 1: Una entidad tiene 1,000.00 dólares y 500 euros en caja.
Tanto el importe de 1,000.00 dólares como el de 500 euros constituyen efectivo.
Ejemplo 2 La cuenta corriente de una entidad en un banco comercial tiene un saldo de 2.000 dólares. El saldo es exigible y está disponible de inmediato sin penalización.
El importe de 2.000 dólares de la cuenta corriente es efectivo, ya que es un depósito a la vista.

Ejemplo elementos que no constituyen efectivo
Ejemplo 3 La entidad posee dos lingotes de oro disponibles. 
Independientemente del propósito para el que se mantengan los lingotes, no constituyen efectivo. 
Ejemplo 4 La cuenta bancaria de una entidad en un banco comercial tiene un deposito a dos años plazo por valor 2.000 dólares.
El importe de 2.000 dólares de la cuenta a plazo no es efectivo, ya que no es un depósito a la vista.


Efectivo y equivalentes al efectivo restringido
Son el efectivo y los equivalentes de efectivo que tienen ciertas limitaciones para su disponibilidad, las cuales normalmente son de tipo contractual o legal.

Cuando existen restricciones sobre el efectivo, la presentación y clasificación del efectivo restringido dependerá de la naturaleza de la restricción. Si dadas las restricciones, los montos no cumplen con la definición de efectivo o equivalentes de efectivo, no deben presentarse como tal.

Importancia del efectivo
El hecho de que el efectivo constituya el principio y el fin del ciclo de operaciones en una empresa, le da al mismo su importancia; además de que representa la disponibilidad inmediata del poder de compra. Aunque el efectivo normalmente representa una pequeña porción del activo total, ninguna empresa puede operar de forma óptima sin tener efectivo debido a que éste es imprescindible para la realización de las operaciones normales de la misma, básico para su crecimiento.

Fuentes a través de las cuales la empresa puede captar efectivo
a.     En cuentas por Cobras (abonos a cuentas por cobrar).
b.    Ventas de mercancías en efectivo.
c.     Reembolsos de préstamos, personal y Liquidación Gastos de Viajes.
d.    Ventas de activos
e.     Ventas varios materiales, desperdicios, etc.
f.     Ingresos varios por rentas.
g.    Préstamos a corto y largo plazo.
h.     Aumento de Capital.

Métodos de recepción de efectivo
Se refiere a las diferentes formas de cómo la empresa puede recibir el efectivo, las más comunes son:
a.     Por correo (no común)
b.    Por ventas de mostrador (Ventas de contado).
c.     Mediante cobradores, gestiones de cobros, cuentas por cobrar y otros.
d.    Pagos en Bancos (transferencias)


Grafico 2 Ciclo de Operaciones de una Entidad

 



Bases de Medición (NIIF para PYMES párrafo 2.34)
Dos bases de medición habituales son el costo histórico y el valor razonable.
a)     El costo histórico es el importe de efectivo o equivalentes al efectivo pagado, o el valor razonable de la contraprestación entregada para adquirir el activo en el momento de su adquisición.
b)    Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, o cancelado un pasivo, entre un comprador y un vendedor interesado y debidamente informado, que realizan una transacción en condiciones de independencia mutua.

Medición en el reconocimiento inicial (NIIF para PYMES párrafo 2.46)
En el reconocimiento inicial, una entidad medirá los activos y pasivos al costo histórico, a menos que esta NIIF requiera la medición inicial sobre otra base, tal como el valor razonable.
Moneda extranjera (NIIF para PYMES párrafo 30.7)    En el reconocimiento inicial de una transacción en moneda extranjera, una entidad la registrará aplicando al importe de la moneda funcional la tasa de cambio de contado entre la moneda funcional y la moneda extranjera en la fecha de la transacción.

Medición posterior
Activos financieros y pasivos financieros (NIIF para PYMES párrafo 2.47)
Una entidad medirá los activos financieros básicos y los pasivos financieros básicos, según se definen en la Sección 11 Instrumentos Financieros Básicos, al costo amortizado menos el deterioro del valor excepto para las inversiones en acciones preferentes no convertibles y sin opción de venta y para las acciones ordinarias sin opción de venta que cotizan en bolsa o cuyo valor razonable se puede medir con fiabilidad de otro modo, que se miden al valor razonable con cambios en el valor razonable reconocidos en el resultado.

Activos no financieros (NIIF para PYMES párrafo 2.49)
La mayoría de los activos no financieros que una entidad reconoció inicialmente al costo histórico se medirán posteriormente sobre otras bases de medición. Por ejemplo:
a)     Una entidad medirá las propiedades, planta y equipo al importe menor entre el costo depreciado y el importe recuperable.
b)    Una entidad medirá los inventarios al importe que sea menor entre el costo y el precio de venta menos los costos de terminación y venta. 
c)     Una entidad reconocerá una pérdida por deterioro del valor relativa a activos no financieros que están en uso o mantenidos para la venta. 
La medición de activos a esos importes menores pretende asegurar que un activo no se mida a un importe mayor que el que la entidad espera recuperar por la venta o por el uso de ese activo.

(NIIF para PYMES párrafo 2.50) Esta NIIF permite o requiere una medición al valor razonable para los siguientes tipos de activos no financieros:
a)     Inversiones en asociadas y negocios conjuntos que una entidad mide al valor razonable (véanse los párrafos 14.10 y 15.15 respectivamente).
b)    Propiedades de inversión que una entidad mide al valor razonable (véase el párrafo 16.7).
c)     Activos agrícolas (activos biológicos y productos agrícolas en el punto de su cosecha o recolección) que una entidad mide al valor razonable menos los costos estimados de venta (véase el párrafo 34.2).


 Normas de presentación del efectivo.
En el estado de situación financiera, el efectivo y los equivalentes de efectivo deben presentarse en un solo renglón como el primer rubro del activo a corto plazo, incluyendo el efectivo y equivalentes de efectivo.




 




ASPECTOS LEGALES

Código de comercio
Art. 436 Los registros deben llevarse en castellano. Las cuentas se asentarán en colones o en dólares de los Estados Unidos de América. Toda contabilidad deberá llevarse en el país, aun las de las agencias, filiales, subsidiarias o sucursales de sociedades extranjeras. La contravención será sancionada por la oficina que ejerce la vigilancia del Estado de conformidad a su Ley. Toda autoridad que tenga conocimiento de la infracción, está obligada a dar aviso inmediato a la oficina antes mencionada.


Ley de integración monetaria
Art. 1.    El tipo de cambio entre el colón y el dólar de los Estados Unidos de América será fijo e inalterable a partir de la vigencia de esta Ley, a razón de ocho colones setenta y cinco centavos por dólar de los Estados Unidos de América. En la presente ley, dicha moneda se denominará dólar.
Art. 2.    Se permite la contratación de obligaciones monetarias expresadas en cualquier otra moneda de legal circulación en el extranjero. Dichas obligaciones deberán ser pagadas en la moneda contratada, aun cuando su pago deba hacerse por la vía judicial.
Art. 3.    El dólar tendrá curso legal irrestricto con poder liberatorio ilimitado para el pago de obligaciones en dinero en el territorio nacional.
Art. 4.    A partir de la vigencia de la presente ley, el Banco Central de Reserva de El Salvador, a requerimiento de los bancos del sistema canjeará los colones en circulación por dólares.
Art. 5.    Los billetes de colón y sus monedas fraccionarias emitidos antes de la vigencia de la presente ley continuarán teniendo curso legal irrestricto en forma permanente, pero las instituciones del sistema bancario deberán cambiarlos por dólares al serles presentados para cualquier transacción.
Art. 6.    El Banco Central de Reserva de El Salvador, proveerá los dólares a los bancos del sistema, mediante el canje respectivo.
Art. 7.    El canje entre dólares y colones en efectivo, sea que lo haga el Banco Central de Reserva de El Salvador a los bancos del sistema o bien éstos a los usuarios de los mismos, no generará ningún tipo de comisión o cargo.
Art. 8.    La infracción a lo anterior será sancionada por la Superintendencia del Sistema Financiero con una multa equivalente a cien veces la comisión o cargo cobrado. La citada Superintendencia aplicará, para la imposición de la multa, el procedimiento establecido en los artículos 47 y siguientes de su Ley Orgánica.
Art. 9.    Los precios de los bienes y servicios se podrán expresar tanto en colones como en dólares, al tipo de cambio establecido en esta ley.


Ley del impuesto a la transferencia de bienes muebles y a la prestación de servicios
Art. 53 La base imponible expresada en moneda extranjera se ha de convertir en moneda nacional, aplicándose el tipo de cambio que corresponda al día en que ocurra el hecho generador del impuesto. La diferencia de cambio que se genera entre aquella fecha y el pago total o parcial del impuesto no forma parte de la base imponible del mismo. Pero se debe adicionar a la base imponible las diferencias en el tipo de cambio en caso de venta a plazo en moneda extranjera, ocurridas entre la fecha de la celebración de ellas y el pago del saldo de precios o de las cuotas de éste.